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De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos aprobado por Real Decreto 288/1998 de 23 de diciembre, artículo 10, todos los vehículos deben ser sometidos a una inspección técnica periódica con la finalidad de garantizar que su estado general sea el correcto para circular, sin que suponga un peligro para sus usuarios o para terceras personas.