De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos aprobado
por Real Decreto 288/1998 de 23 de diciembre, artículo
10, todos los vehículos deben ser sometidos a una inspección
técnica periódica con la finalidad de garantizar
que su estado general sea el correcto para circular, sin que suponga
un peligro para sus usuarios o para terceras personas.